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    El concepto de dividendo en los convenios de doble imposición

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    Mención Internacional en el título de doctorEl término dividendos es un vocablo que deriva del latín dividendus relativo al resultado de dividir (dividĕre), y en el lenguaje común se predica de los beneficios de una sociedad. Jurídicamente esta palabra se usa en distintos contextos, tal como ocurre en el derecho mercantil, el financiero y bursátil, contable y en el tributario. En cada una de estas ramas tiene asignadas funciones y, las más de las veces, encuentra diferencias en torno a sus elementos definitorios. Incluso, es común que se establezcan presunciones o ficciones para determinar que algo es un dividendo a unos determinados efectos, sin que deje de tener otra naturaleza para las demás normas. Otras disciplinas como la economía y las finanzas también utilizan el término dividendos para describir un flujo de activos de una entidad hacia sus propietarios, que son la fuente ordinaria de rentabilidad o de retorno para quienes detentan los derechos económicos de las acciones. Dentro de esa diversidad de usos y definiciones de dividendos aparece el artículo 10 del Modelo de Convenio tributario sobre la renta y el patrimonio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (en adelante MCOCDE), que sirve de guía para la elaboración de los convenios de doble imposición (En adelante CDI)5, cuyo propósito es repartir la potestad tributaria entre los estados contratantes. Dicho artículo utiliza la palabra dividendos, pero con la particularidad de que contiene en su apartado tercero una definición de lo que se entiende por tales a nivel convencional.Programa Oficial de Doctorado en DerechoPresidente: Alfredo García Prats; Secretario: Andrés Báez Moreno; Vocal: Edoardo Travers

    Doble tributación internacional análisis de los convenios con España, Chile y la Decisión 578 de la CAN

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    La doble tributación en el contexto internacional, hace parte de las barreras que tienen los países para la incursión en los mercados externos y su desarrollo en el comercio exterior. Los tratados para evitar la doble tributación internacional se convierten en una de las herramientas más relevante de política internacional para atraer inversión extranjera y promover a los nacionales en su participación en los mercados mundiales. Colombia no le ha restado importancia a la apertura económica, y como jugador internacional conoce las ventajas e importancia de negociar este tipo de tratados, pero para garantizar el éxito de esta decisión, el Gobierno tiene el deber de definir claramente la política tributaria internacional del país y de realizar un adecuado estudio, evaluación y seguimiento de cada tratado, pues, producto de la negociación de los tratados el recaudo tributario puede verse afectado.Double taxation in the international context, is part of the barriers for countries to foray into foreign markets and foreign trade development. Treaties to avoid double international taxation become one of the most important tools of foreign policy to attract foreign investment and promote the national participation in world markets. Colombia has not diminished the importance of economic openness and international player known as the advantages and importance of negotiating such agreements, but to ensure the success of this decision, the Government has a duty to clearly define the country's international tax policy and adequate study, evaluation and monitoring of each treaty, therefore the product of negotiation of treaties tax collections may be affected

    Tratamiento tributario de los pagos al exterior en la Comunidad Andina

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    Desde hace varios años los pagos al exterior han sido motivo de diferentes tratamientos tributarios dentro de la Comunidad Andina, el cual varía dependiendo del país que sea fuente de la renta que por concepto de estos tributos se genera, que en algunos casos no se los identifica claramente. Sin duda, uno de los principales retos que tienen los pagos al exterior, es eliminar la doble tributación, volviéndose esto indispensable justamente por el tipo de rentas que se ven involucradas y con las diversas características que se han incluido en las legislaciones de los países que realizan los pagos o que reciben el importe, se ha logrado cambiar sustancialmente los problemas que en hace una década existían. Hablar de sus características, el procedimiento empleado, porcentaje y valor que en cada caso se debe tributar es importante conocer a fin de evitar temas de fraude fiscal, todo esto consta en cada una de las normativas internas de los países miembros de la Comunidad Andina y en la normativa comunitaria, lo cual se ha investigado con el presente trabajo, para tener una mejor comprensión del tema que se ha planteado

    Alternativas de integración IRPF-IS para evitar la doble imposición de dividendos en el contexto actual

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    El objeto del presente estudio radica en el análisis crítico de los sistemas que tradicionalmente han sido propuestos para combatir los efectos económicos de la doble imposición de dividendos. Para ello emplearemos diversos instrumentos de medida de la doble imposición, elaboraremos los modelos matemáticos que definen los distintos sistemas de integración IRPF-IS, posibilitaremos comparaciones homogéneas atendiendo al impacto recaudatorio y analizaremos las bondades y deficiencias de cada uno de los sistemas propuestos. A la luz de todo ello, y en el marco de la reciente jurisprudencia comunitaria vertida sobre distintos sistemas de integración y la novedosa implantación en nuestro país de un IRPF dual, concluiremos sobre la viabilidad de la aplicación de cada uno de los sistemas de corrección en el sistema fiscal español

    Aspectos fiscales de las relaciones comerciales con China: el convenio para evitar la doble imposición

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    La tributación de las inversiones españolas en China, como en general en todas aquellas relaciones en las que puede intervenir más de una Administración Tributaria de varios Estados, se hace necesario analizar la distribución de competencias y poderes tributarios entre los distintos Estados implicados, al objeto de conocer dónde ha de tributar un determinado rendimiento e incluso cómo ha de tributar. El instrumento normativo que posibilita tal objetivo no es otro que el Convenio para evitar la doble imposición (en adelante CDI). En este sentido, existe un Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, hecho en Pekín el 22 de noviembre de 1990. A los efectos que a nosotros nos interesan, analizaremos el CDI España-China de manera integrada con la legislación interna que sea de aplicación, tanto la normativa española como la china. El CDI nos delimitará quién tiene el poder tributario, y la normativa nacional concretará cómo debe tributar el rendimiento en particular. Muchos son los preceptos que incluye el CDI, no obstante dado que nos interesa analizar la tributación de las inversiones empresariales en China, nos ceñiremos al estudio de los artículos del CDI que tenga una estrecha relación con esta cuestión. En concreto, además de estudiar los criterios aplicativos del Convenio referidos a la residencia de las personas jurídicas, analizaremos la tributación del beneficio empresarial, así como las particularidades de la obtención de dividendos, intereses o cánones.Roca Junyet Abogado

    Afectación del nuevo esquema de retención de dividendos y la aplicación del concepto de beneficiario efectivo para el caso de las empresas multinacionales que cotizan en bolsa y su comparación con otros países que utilizan este concepto

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    La presente investigación analiza la incidencia de los cambios en materia de dividendos introducidos mediante las reformas a la LRTI mediante Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal en el año 2014, al RLRTI mediante Decretos Ejecutivos No. 539 y 580 publicados en los R.O. Suplemento 407-3S de 31 de diciembre de 2014 y 448 de 28 de febrero de 2015 respectivamente, y la Resolución NAC-DGERCGC15-00000509 publicada en el Suplemento al R.O No. 545 de 16 de Julio de 2015. La aplicación del concepto de beneficiario efectivo tanto a nivel nacional como internacional es primordial ya que permite entender dicho concepto y comparar los lineamientos establecidos en otros países que han controlado las transacciones de las empresas multinacionales que cotizan en bolsa. El concepto de beneficiario efectivo se incluyó formalmente en el modelo de convenio OCDE en el año 1977. Anterior a su inclusión, formó parte de los criterios establecidos en cortes internacionales que regularon la aplicación de convenios a nivel internacional. Este concepto, introducido en Ecuador mediante la reforma incluida dentro del Reglamento a la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal emitido mediante R.O. No. 407 el 31 de diciembre de 2014, tiene una afectación directa a lo normado para el reparto de dividendos, de tal manera que se ha clasificado a los sujetos pasivos según su residencia o ubicación geográfica para gravar u otorgar exenciones. El principal efecto de la aplicación de este concepto dentro de las empresas multinacionales ha sido el incremento en la carga fiscal y afectación en las utilidades mediante la aplicación de mecanismos tales como la retención en la fuente sobre la repartición de dividendos

    Renta mundial

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    La doble imposición es un fenómeno que afecta las relaciones entre los Estados. Esta investigación se centra en la incidencia de la doble imposición y las posibles medidas que se pueden adoptar para reducir sus consecuencias.Fil: Ayarra, Florencia. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Económicas.Fil: Mallea, Florencia. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Económicas.Fil: Rodríguez, María Consuelo. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Económicas

    Manual de aplicación tributaria local e internacional sobre ingresos provenientes de dividendos, beneficios y utilidades

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    A través de la presente tesis se desarrolla un trabajo investigativo respecto del ámbito conceptual y pragmático en el cual se encuentran inmersas las diversas aristas del régimen tributario aplicable al impuesto a la renta sobre ingresos provenientes de dividendos, beneficios y utilidades, para cuyo efecto se ha buscado, recopilado y organizado la información de tal forma que sea posible abordar todos los temas planteados y presentarlos de manera sistemática y comprensible para el lector, con lo cual se espera finalmente aportar en la interpretación de la normativa vigente y en la aplicación práctica de los diferentes escenarios. La diversidad de aspectos en los que se aplica el régimen tributario sobre dividendos, beneficios y utilidades, los convenios internacionales suscritos por el Ecuador en materia de impuesto a la renta, y las distintas reformas tributarias y actos normativos que han incidido y reglamentado tal aplicación tributaria, hacen necesario que estudios como el propuesto en este documento crezcan en cantidad y en profundidad, de manera que, tanto Administración Tributaria, como sujetos pasivos y comunidad en general, tengan suficientes fuentes de información que les permita conocer del tema para fines de control, educativos o de inversión económica, y cumplir en debida forma con la normativa tributaria vigente. Al no contarse con muchos estudios en esta materia, la presente tesis espera convertirse en material de lectura para este tan interesante aspecto del sistema tributario

    Beneficiario efectivo en los convenios para evitar la doble imposición

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    El tema seleccionado como objeto de investigación se incluye dentro del derecho tributario internacional y se titula “Alcance del concepto beneficiario efectivo establecido en los artículos 10, 11 y 12 de los convenios para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y prevenir la evasión fiscal, celebrados por Uruguay”
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